Programas y Proyectos
Los Programas y Proyectos que se ejecutan por cada uno de los Fondos son los siguientes:
- FONDO NACIONAL CEREALISTA
Creado por la Ley 51/66 y modificado por la Ley 67/83.
La Cuota Cerealista corresponde al 0.75% del precio de venta de cada kilogramo de trigo, cebada, avena, maíz blanco, amarillo, maíz en mazorca y sorgo de producción nacional.
Deben pagar la Cuota de Fomento de Cereales todas las personas naturales o jurídicas que comercialicen en el territorio nacional, los cereales mencionados.
La Cuota de Fomento Cerealista es administrada por FENALCE, por contrato suscrito con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El contrato No.070/04 y los Otrosí Adicionales No. 1 y 2 para la administración de la Cuota de Fomento Cerealista, están vigentes y en ejecución.
Los recursos del Fondo se aplicarán a la ejecución o financiamiento de programas, en armonía con las metas y políticas trazadas para el sector rural, dentro del Plan Nacional de Desarrollo.
PROGRAMAS Y PROYECTOS EN EJECUCION
Programa: Transferencía de Tecnología
* Proyecto: Capacitación en el Manejo Integrado en el Cultivo de Cereales (MIC)
* Proyecto: Manejo sostenible de suelos en el cultivo de cereales
* Proyecto: Validación y ajuste de Prácticas Agronómicas en el Sistema Maíz en asocio con Palma
* Proyecto: Fomento a la Producción de Maíz en Zona Cafetera
* Proyecto: ISO 9001
* Proyecto: Implementación de Archivo
* Proyecto: XXII Congreso Nacional Cerealista
Programa: Información Económica y Estadística
* Proyecto: Centro de Información Económica y Estadística
* Proyecto: Divulgación e Información del Sector
* Proyecto: Seguimiento a negociaciones internacionales
* Proyecto: Control a la evasión
Programa: Investigación
* Proyecto: Fitomejoramiento Cimmyt maices tropicales
* Proyecto: Evaluación agronómica de maices de altura
* Proyecto: Proyectos Fondos Concursales
- FONDO NACIONAL DE LEGUMINOSAS
Creado por la Ley 114/94.
La Cuota de Fomento sobre leguminosas de grano es del medio por ciento (0.5%) del precio de venta de cada kilogramo de fríjol, arveja, habas, garbanzo y lenteja.
La causación, recaudo, naturaleza, administración e inversión de la Cuota de Fomento de leguminosas de grano se rige por la Ley 67 de 1983 y las normas que la adicionan.
La administración de la Cuota de Fomento de leguminosas la realiza FENALCE, por contrato suscrito con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural No.007/97.